domingo, 26 de mayo de 2019

LOS SOCIOS DEL CENTRO GALLEGO EVITARON SU QUIEBRA Y DESAPARICIÓN

El pasado martes 21 de mayo, ante la aprobación por unanimidad de los representantes de socios de las seis agrupaciones del Centro Gallego, el interventor judicial Martín Moyano y el señor Raul Olmos en representación del grupo BASA, suscribieron el contrato de gerenciamiento, con opción a compra, por el término de 30 años en favor del mencionado grupo. Antes de explicar los alcances de tal contrato quiero compartir dos audios que yo mismo pronuncié ante este micrófono hace nueve meses y 20 días, el 5 de agosto del 2018.
Desde ese día, blanco de calumnias e injurias te la peor índole, principalmente en redes sociales, pero también en algún programa radial. En uno de ellos, el de la Federación de Asociaciones Gallegas, solicité se me permitiese un derecho a réplica que jamás me fue concedido, ni siquiera ofreciendo hacerlo en mi propio programa. Luego de ganar las elecciones, con un 67% de los votos ante el 31,5% de la otra lista,  comencé a recibir algunos reclamos de asociados que me pedían el cumplimiento de supuestas promesas electorales que jamás había realizado. Como prueba terminante de lo antedicho vaya ahora un audio en el que consta la única promesa que formulara entonces. 
Decía yo: "con el único compromiso de negociar las mejores condiciones de traspaso y poner punto final a la injusta e incierta situación que vivimos los socios y el personal". Si bien las condiciones no fueron las ideales, creo firmemente que si fueron las mejores, y que pondrán punto final a la trágica etapa vivida.
Hace algunos programas dije que, luego que se normalizase la situación en el Centro Gallego tendría muchas cosas para contar. Aún no considero llegado ese momento, pese al importantísimo paso dado el pasado martes, no fue nada fácil llegar hasta aquí. No está aún totalmente definido el camino a desandar, pero sepan los socios que, el día que resolví enfrentar el reto, lo hice con pleno convencimiento y conocimiento de lo que me tocaría sortear. Las fuerzas y el entusiasmo siguen intactos, nuestros representantes, así como los de las otras agrupaciones, hicieron posible la firma del contrato. Nuestra Junta Directiva tiene por delante una ardua tarea, no tengo la menor duda de que todos sus integrantes darán lo mejor de sí en el desempeño de la función.
Voy ahora a sintetizarle lo más trascendente del contrato aprobado: Dice en el ARTICULO 2.- Exclusividad.- El servicio gerenciado es entregado en exclusividad al GERENCIADOR, comprometiéndose por lo tanto CENTRO GALLEGO a: 1) Obtener la autorización o informar, lo que por derecho corresponda, al señor Juez a cargo del Juzgado de 1° Instancia en los Civil N° 54 de la Ciudad de Buenos Aires de la suscripción y validez de las cláusulas de este contrato.  Otorgar el uso no exclusivo del logotipo, isotipo, designaciones del CENTRO GALLEGO y cualquier otro derecho marcario vinculado a la explotación de salud. El servicio a gerenciar funcionará en el espacio físico proporcionado por CENTRO GALLEGO en sus dependencias sanatoriales , con acceso principal en la Avda. Belgrano 2199 de la Ciudad de Buenos Aires, entregando además en gerenciamiento los instrumentos técnicos, bienes, instalaciones, maquinarias, insumos que surjan de la auditoría a realizarse en el SANATORIO, por las partes, en los próximos 30 días de celebrado el presente contrato. 
Se deja constancia que el CENTRO GALLEGO mantendrá el uso y goce, como así también se hará cargo de su cuidado y seguridad, de las áreas identificadas como "banquito" con ingreso independiente (escalera de la reina) sobre la Avda. Belgrano 2133 (con dos oficinas en el entrepiso), Presidencia ubicada en el ler piso, Biblioteca, Librería ubicadas en la PB, habitación de deceso de  Castelao y el Teatro Castelao.
 Todo el personal en relación de dependencia del CENTRO GALLEGO como así también quienes se encuentren prestando una locación de servicios para el CENTRO GALLEGO abocados al objeto de este contrato, continuarán bajo la dependencia y/o vinculación contractual con el CENTRO GALLEGO hasta que se produzca la transmisión del dominio total de los inmuebles al GERENCIADOR ; sin perjuicio de que el GERENCIADOR asuma el pago de salarios, cargas sociales y honorarios como consecuencia derivada del presente contrato. Asimismo el GERENCIADOR podrá, si lo considera necesario, tomar bajo su dependencia laboral directa al personal que crea necesario si así lo decidiere. El resto del personal del CENTRO GALLEGO no abocado al objeto de este contrato, continuarán bajo la dependencia y/o vinculación contractual con CENTRO GALLEGO hasta que se produzca la transmisión del dominio total de los inmuebles al GERENCIADOR; sin perjuicio de que el GERENCIADOR asuma el pago de los salarios los que serán imputados al pago del precio por la transferencia del INMUEBLE, y/o reintegro que en el futuro deba realizar el CENTRO GALLEGO conforme los términos del presente contrato. El GERENCIADOR podrá efectuar reestructuraciones en función del debido gerenciarniento y desarrollo de la actividad, del personal en relación de dependencia y/o quienes se encuentren prestando servicios profesionales en virtud de locaciones de servicios. Los costos derivados de la reestructuración serán anticipados por el GERENCIADOR y serán imputados al pago del precio por la transferencia del inmueble . 
Durante la vigencia del presente contrato el GERENCIADOR brindará a los Socios y a los que en el futuro se asocien, del CENTRO GALLEGO, el Plan Asistencial detallado en el ANEXO I, y disponiendo que en caso que la atención requiera internación la misma será en el piso 5° del SANATORIO. En el supuesto caso de no haber disponibilidad en el 5° piso el paciente socio deberá ser ingresado en otro piso del edificio sanatorial en las mismas condiciones. En el Anexo V se detalla la red prestacional que el GERENCIADOR pondrá a disposición de los socios. Sin perjuicio de la red prestacional ofrecida por el Gerenciador, una vez concluida la "puesta a punto" del edificio sanatorial, los socios deberán ser atendidos dentro del predio gerenciado. Ello no obsta a que el socio por cuestiones de cercanía podrá optar por la red prestacional disponible por el Gerenciador. En caso de derivarse por cuestiones de complejidad serán realizadas a instituciones de reconocida trayectoria en el ámbito medico.  Las partes acuerdan que el valor de la cuota social  que realizan los socios en la actualidad será incrementada conforme el índice dispuesto por Superintendencia de Salud para los servicios de medicina prepagas. 
 El CENTRO GALLEGO, a partir del 01/05/2019 cederá en forma inmediata al GERENCIADOR las actuales y futuras cápitas asignadas por el PROGRAMA DE ATENCIÓN MÉDICA INTEGRAL (PAMI), como así también las acreencias que tenga a esa fecha contra el PAMI.- El  contrato tendrá una duración de  treinta (30) años . 
El Gerenciador mantendrá comunicación regular y suficiente con el CENTRO GALLEGO en relación con el estado del gerenciamiento y le suministrará en tiempo oportuno la información que razonablemente le sea requerida en el marco del presente Contrato de Gerenciamiento.- Procurará en la medida de sus posibilidades las acciones necesarias que estén a su alcance, incluso el pago de sumas de dinero con el fin de que el CENTRO GALLEGO pueda cumplir con las obligaciones a su cargo y de causa y título anterior al presente contrato, que puedan impedir el normal y habitual funcionamiento del CENTRO GALLEGO, como levantamiento de medidas cautelares, etc. Las sumas abonadas por el GERENCIADOR, serán imputados al pago del precio por la transferencia del inmueble. 
Dará el apoyo necesario para que el CENTRO GALLEGO realice todas las gestiones suficientes para alcanzar: a) La recuperación de los derechos del Centro Gallego sobre la Obra Social OSPAÑA, y b) la recuperación y desarrollo de los otros servicios mutuales que puedan ampliar los ingresos del Centro Gallego.- 
El GERENCIADOR recaudará de los socios aportantes la cuota social. El GERENCIADOR deberá transferir antes del día 10 de cada mes posterior al pago, a la cuenta que indique el CENTRO GALLEGO, el 10% del valor de la cuota social que los socios aportantes le abonen.-
Las Partes acuerdan que en cualquier momento de la vigencia del presente, cualquiera de las partes podrá rescindir el presente contrato, debiendo notificar su voluntad a tal efecto, con una antelación no menor a noventa (90) días del momento de producirse la efectiva rescisión.-                                       Si el CENTRO GALLEGO decide rescindir el presente contrato antes de los 15 años, deberá reintegrar todos los gastos y costos incurridos por el GERENCIADOR, inclusive el mejor valor que, por el inicio y puesta en marcha de la actividad HOSPITALARIA, se produjo.- 
Cobertura: BASA cubre las prestaciones Nomencladas y no Nomencladas establecidas por el Programa Médico Obligatorio y sus normas modificatorias y/o complementarias. De acuerdo con lo expresado en el ítem Plan Asistencial no se requerirá de bonos para acceder a los servicios, ni de autorización previa, salvo las prestaciones que se detallan expresamente en Prestaciones con Autorización Previa. La cobertura incluye Consultas Médicas, Prácticas Diagnósticas y Terapéuticas; tanto en forma ambulatoria como en internación, como así también en Urgencias o Emergencias, Domiciliarias cuando el estado del paciente así lo requiera. La cobertura alcanza a los honorarios y gastos de la prestación, las sustancias de contraste, medicamentos y materiales descartables indispensables para su realización. La cobertura será 100% a cargo de BASA,. 
CONSULTA EN CONSULTORIO 
Podrán acceder directamente a todas las especialidades médicas, sin necesidad de derivación o presentación de bonos, presentando únicamente la credencial de MUTUAL CENTRO GALLEGO y su documento de identidad. 
Podrá obtener el turno comunicándose con el profesional o agendarlos mediante soporte electrónico, aplicación móbil o pagina web.  No deberá abonar al profesional suma alguna.
ODONTOLOGÍA:   
Cobertura General: 100% en Centros y profesionales contratados.
-Urgencias                                                                -Consultas 
-Odontología Preventiva                                           -O. Dental (Luz Halógena - Amalgamas)
-Odontopediatría                                                       -Endodoncia
-Cirugía Bucal                                                           -Periodoncia
-Ortodoncia (pacientes de 8 a 15 años inclusive)     -Radiología Dental 

Aranceles Preferenciales en Centros y Profesionales contratados 
Implantes - Prótesis Odontológicas 
Odontología Estética(blanqueamiento dental) 
El contrato consta de 94 páginas, traté de sintetizar lo que considero de mayor interés para los asociados. Seguiremos trabajando pero lo peor ya pasó, se evitó la quiebra que, desde el 30 de noviembre de 2017, fecha en la que se dictaminó la del Hospital Español, atormentaba mis pensamientos, se aseguran prestaciones médicas superiores a las que brindaba el propio Centro, se saldarán las cuantiosas deudas salariales, conservamos el panteón social y el patrimonio cultural ¡No es poca cosa! 

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